Nacionalidad y Extranjería
Abogados
Valladolid
ATENA ABOGADOS
Nacionalidad y Extranjería en Valladolid
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FECHAS DE LOS EXAMENES PARA NACIONALIDAD ESPAÑOLA DE 2021 EN VALLADOLID, CASTILLA Y LEÓN
El INSTITUTO CERVANTES ha publicado ya las fechas de las convocatorias para los Exámenes necesarios para la obtención de la NACIONALIDAD ESPAÑOLA para 2021. Estos datos se publican para, Valladolid, Castilla y León, puede que haya pequeñas variaciones en otras Comunidades Autonómicas.
Aquí está la lista para el examen DELE (Nivel de conocimiento de Español)
MES DE CONVOCATORIA | PRUEBA ESCRITA | CIERRE PLAZO DE INSCRIPCIÓN | EXÁMENES OFRECIDOS |
FEBRERO | Viernes, 19 de febrero de 2021 | 13 de enero de 2021 | Generales: A2 |
ABRIL | Viernes, 9 de abril de 2021 | 10 de febrero de 2021 | Generales: A1, A2, B1, B2, C1 |
MAYO | Sábado, 22 de mayo de 2021 | 17 de marzo de 2021 | Generales: A1, A2, B1, B2, C1, C2 |
JULIO | Viernes, 9 de julio de 2021 | 12 de mayo de 2021 | Generales: A2, B1, B2, C1 |
SEPTIEMBRE | Viernes, 10 de septiembre de 2021 | 14 de julio de 2021 | Generales: A2 |
OCTUBRE | Viernes, 8 de octubre de 2021 | 25 de agosto de 2021 | Generales: A2, B1, B2 |
NOVIEMBRE | Sábado, 13 de noviembre de 2021 | 6 de octubre de 2021 | Generales: A1, A2, B1, B2, C1, C2 |
¡CONSEJO EXTRA! – Inscríbase siempre en el Nivel de conocimiento A2, aunque usted tenga un conocimiento de español mucho mayor, este examen es el más fácil y barato. Nadie dudara de sus conocimientos de español una vez que obtenga la nacionalidad española, pues será usted nativo.
Lista del Examen CSSE – para los extranjeros de habla hispana
MES DE CONVOCATORIA | PRUEBA ESCRITA | HORARIO | EXAMEN OFRECIDO |
ENERO 2021 | 28 de enero de 2021 | A las 18:00h A las 20:00h | CSSE |
FEBRERO 2021 | 25 de febrero de 2021 | A las 18:00h A las 20:00h | CSSE |
MARZO 2021 | 25 de marzo de 2021 | A las 18:00h A las 20:00h | CSSE |
ABRIL 2021 | 29 de abril de 2021 | A las 18:00h A las 20:00h | CSSE |
MAYO 2021 | 27 de mayo de 2021 | A las 18:00h A las 20:00h | CSSE |
JUNIO 2021 | 24 de junio de 2021 | A las 18:00h A las 20:00h | CSSE |
JULIO 2021 | 29 de julio de 2021 | A las 18:00h A las 20:00h | CSSE |
AGOSTO 2021 | 26 de agosto de 2021 | A las 18:00h A las 20:00h | CSSE |
SEPTIEMBRE 2021 | 30 de septiembre de 2021 | A las 18:00h A las 20:00 | CSSE |
OCTUBRE DE 2021 | 28 de octubre de 2021 | A las 18:00h A las 20:00h | CSSE |
NOVIEMBRE DE 2021 | 25 de noviembre de 2021 | A las 18:00h A las 20:00h | CSSE |
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NACIONALIDAD
SOLICITUD DE NACIONALIDAD ESPAÑOLA EN VALLADOLID
Cuando una persona decide solicitar la nacionalidad española sabe que lo primero que tiene que hacer es armarse de mucha paciencia, pero LO QUE NO SABE es que las cosas y los trámites han cambiado muchísimo. Nacionalidad y Extranjería en Valladolid
Con nosotros TODO ES MUCHO MÁS FACÍL!
¿POR QUÉ? Porque le quitamos años de espera. Si, si, ¡AÑOS DE ESPERA!
¿CÓMO? Muy sencillo – a través de estos pasos que seguimos
1º – Evitamos el gasto de papel. Se acabó hacer copias y más copias de documentos que no sabemos si nos va a servir de algo o no. Nosotros te informaremos de los documentos exactos que necesites.
2º – Se acabó hacer cola o pedir citas tardías en el Registro Civil provincial. Nosotros, a través de la plataforma digital, enviamos toda la documentación directamente al REGISTRO CIVIL CENTRAL DE MADRID.
3º – Se acabó esperar, a veces hasta TRES AÑOS para conseguir el número de Registro y poder consultar el trámite de tu expediente vía on-line (la plataforma del Ministerio de Justicia – ¿Cómo va lo mío?) Nacionalidad y Extranjería en Valladolid
Con nosotros el número de Registro ¡LLEGA AL INSTANTE! De tal forma que podrás consultar tu expediente en cualquier momento porque, ¡SORPRESA! Estará EN TRÁMITE desde el momento que se presenta. Si, si, sin engaños ni mentiras – en cuanto presentemos y firmemos ¡el expediente este entra “EN TRÁMITE” en el momento! Y lo podrás comprobar tú mismo.
4º – En cuanto a la resolución, hay personas que llevan MAS DE 5 AÑOS esperando una respuesta por parte del Ministerio de Justicia, teniendo muchas veces que acudir a recursos administrativos y contenciosos para poder obtener un resultado favorable. En nuestros casos esto NO HA PASADO NUNCA. Aunque el PLAZO MÁXIMO ES DE 1 AÑO por parte de la Administración de Justicia, nuestro mayor éxito ha sido un procedimiento que se ha solventado favorablemente EN 5 SEMANAS! Imagínese la sorpresa tan agradable de nuestro cliente que se ha conseguido la nacionalidad española en “menos de lo que canta un gallo Nacionalidad y Extranjería en Valladolid
No se lo piense más y llámenos, estaremos encantados de ayudarles e informarles sin compromiso.
También llevamos a cabo RECURSOS DE REPOSICIÓN o de APELACIÓN ante la Audiencia Nacional!
Por que pensamos en nuestros clientes, hemos incluido «FACILIDADES DE PAGO!»
EXTRANJERÍA
El Tribunal Constitucional y Extranjería
El 9 de marzo de 2020 se publica en el Boletín Oficial del Estado la Sentencia Núm. 42/2020 del Tribunal Constitucional en la que se cambia el precepto sobre los requisitos económicos se requieren por la Ley española en cuanto a las reagrupaciones de los matrimonios o parejas entre españoles y ciudadanos de tercer países.
Menciona la Sentencia en su Fundamento Jurídico 4º letra A) lo siguiente:
“La segunda desigualdad de trato se produce entre los propios miembros de la pareja mixta –compuesta por extracomunitario o extracomunitaria y español o española–, ya que mientras que en cualquier pareja cualquiera de sus componentes puede trabajar para sostener a su familia, las resoluciones impugnadas obligan a que sea el cónyuge español quien deba inexcusablemente aportar los medios económicos para el sostenimiento de la familia.”
Por tanto, dice la Sentencia que, ni la Administración, ni la Ley pueden imponer esta carga económica solo al ciudadano español, pues se vulneraria el art. 14 de la Constitución Española de 1978, en cuanto a la igualdad de los cónyuges o de la pareja ante la Ley.
“Sin embargo, dichas resoluciones administrativas no prestaron atención alguna a la documentación aportada por el ciudadano extracomunitario, con la que pretendía justificar su suficiencia de recursos. Se produjo, pues, una diferencia de trato entre ambos cónyuges, tal y como indica el Ministerio Fiscal. Tal y como se ha venido exponiendo, la finalidad expresa de la norma aplicada es la de evitar que el cónyuge extracomunitario suponga una carga para la asistencia social en España. Y esa finalidad se cumple si es el ciudadano español el que dispone de los recursos necesarios, pero también si su titular es el cónyuge extracomunitario, o si la suma de los recursos de ambos permite el sostenimiento de la unidad familiar.”
Vuelve a insistir el Tribunal, en el deber de la Administración de analizar las circunstancias personales de cada caso, en cuanto a reagrupaciones “Por otro lado, recientemente se ha dictado, en el asunto C-836/18, la STJUE de 27 de febrero de 2020. En ella se resuelve la petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha sobre la posible vulneración del artículo 20 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) debida a la exigencia de que el ciudadano español deba cumplir los requisitos del art. 7.1 del Real Decreto 240/2007 como condición necesaria para el reconocimiento del derecho de residencia de su cónyuge extracomunitario, sin examinar la existencia de una relación de dependencia entre ellos de tal naturaleza que determinara que, en caso de denegarse el derecho de residencia del ciudadano de un tercer país, el ciudadano de la Unión no pudiera separarse del miembro de la familia que depende de él y hubiera de abandonar el territorio de la Unión.”
En conclusión, en los casos de residencia de los familiares de ciudadanos de la UE, tanto de parejas de hecho como de matrimonios, los medios económicos deberán aportarse bien por cualquiera de ellos (pudiendo ser, tanto el ciudadano español como el ciudadano extranjero) bien por ambos conjuntamente, llegando a cumplir la cantidad requerida a través de los medios económicos de ambos.
En nuestro despacho llevamos varios trámites administrativos sobre Extranjería
ARRAIGO SOCIAL – es el procedimiento administrativo a través del cual el interesado solicita la residencia porque va a trabajar en España. Los documentos que se necesitan aportar son:
– Certificado de antecedentes penales del país de origen con la legalización y traducción necesaria
– Demostrar 3 años de estancia o residencia en España
– Informe de arraigo social (nosotros lo solicitamos a través de la plataforma, para ahorrar tiempo y dinero al cliente)
– Oferta de contrato laboral (modelo tipo que se debe cumplimentar por ambas partes) de al menos 1 año con jornada laboral de 40 horas semanales
ARRAIGO LABORAL – se otorga cuando el interesado tiene abierto un PROCEDIMIENTO JUUDICIAL, es la parte interesada y necesita estar en España para poder comparecer en el procedimiento.
REAGRUPACIÓN FAMILIAR de ascendientes y/o descendientes
- Se debe demostrar que el reagrupado recibe del reagrupante ayuda económica y el vínculo familiar que les une
- El reagrupante debe de tener un buen salario (depende de cuantas personas se quiera reagrupar) y no es suficiente con un salario de media jornada
- El informe de vivienda adecuada (nosotros lo pedimos por la plataforma y tarda un par de días)
– ESTANCIA Y RENOVACIÓN DE TARJETA DE ESTUDIANTES
– RENOVACIÓN DE TARJETAS DE RESIDENCIA
– ASILO POLÍTICO Y POR RAZONES HUMANITARIAS
DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
El Derecho Internacional Privado es aquella rama del Derecho que regula las relaciones entre diferentes Estados en cuanto a la situación de sus ciudadanos.
El ejemplo más fácil en cuanto a este tipo de Derecho son los Reglamentos y Directivas europeas que regulan diferentes situaciones de los ciudadanos (tanto europeos como de terceros Estados) cuando se encuentran en un Estado miembro europeo que no es el suyo de origen.
Otro ejemplo seria los Convenios bilaterales entre dos Estados en los que se puede acordar: el canje de los permisos de conducción, el reconocimiento de resoluciones judiciales, la doble nacionalidad etc.
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Calle Bailarín Vicente Escudero número 7, 1º D, Valladolid